domingo, 8 de enero de 2012

Nuevas tablas IRPF 2012

Pese a que por activa y por pasiva el por entonces candidato a la Presidencia Mariano Rajoy dijo que subir los impuestos traería más paro y más recesión, ha decidido subir la carga fiscal del ciudadano ya que el déficit encontrado en las arcas públicas es mayor del esperado (si con un déficit del 6% subir los impuestos era malo… ¿por qué con un déficit del 8% es bueno?). De momento, dicen que no subirán el IVA, aunque desde Alemania ya se está diciendo que contemple esa posibilidad, por lo que no deberíamos extrañarnos que este impuesto indirecto también suba en unos pocos meses…

De momento, la gran noticia es que cada español tributará más a Hacienda en su declaración de la renta. El IRPF sube para todas las personas, creando nuevos tramos de IRPF que llegan, en sus escalones más altos, al 51% y al 52% del IRPF. Esto quiere decir que una persona que cobre alrededor de un millón y medio de euros anuales, pagará más del 50% de su sueldo al Estado. Bendito problema, pensarán algunos…

Las tablas de IRPF para el año 2012 (es decir, de donde se va a ir sacando la retención que te va a aplicar seguramente tu empresa, para que te hagas una idea de tu sueldo neto mensual) vienen en el siguiente gráfico:

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Esto quiere decir que un soltero sin hijos que gane un salario bruto anual de 30.000 euros, pagará un 18,09% de su salario a Hacienda, quedándosele un sueldo bruto anual de 22.666,60 € y un neto mensual (si se tienen en cuenta 14 pagas) de 1.592,58 €. Con la tributación precedente, esta misma persona ganaba 22.915,49 € netos al año (unos 250 euros más), por lo que la subida es bastante considerable.

Si tienes dudas respecto a lo que vas a tributar el año que viene, puedes consultar la página IRPF.eu, donde podrás descargarte un archivo Excel para obtener la tributación que corresponde a tu salario bruto anual.

Recuerda que tu empresa sólo puede retenerte un porcentaje entero de IRPF, pero tú retención real no tiene por qué serlo. Es decir, si según tu salario tienes que pagar un 18,09%, tu empresa sólo podrá retenerte o el 18%, el 19%, o el porcentaje que considere oportuno. Si no quieres sobresaltos a la hora de realizar la declaración de la renta, pídele a tu empresa que te retenga el porcentaje entero inmediatamente superior. 

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